30.608 extremeños en el exterior podrán ejercer su derecho al voto en las elecciones autonómicas que se celebrarán el próximo 21/12/2025.
Podrán votar los extremeños inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) cerrado a 1 de septiembre de 2025.
- Convocatoria electoral: se publicó en el Diario Oficial de Extremadura del 28/10/2025.
- Consulta del padrón en los consulados: del 3 al 10/11/2025.
- Resolución de las reclamaciones interpuestas: hasta el 13/11/2025.
La Oficina Censo Electoral (OCE) realizará de oficio el:
• primer envío de la documentación a los electores en el extranjero: entre el 15 y el 21 /11/2025.
• segundo envío: entre el 26 y el 30/11/2025, plazo que se ampliará hasta el 06/12/2025 en las circunscripciones donde hay impugnación de candidaturas.
Al mismo tiempo, la OCE pondrá a disposición de los extremeños en el exterior la descarga telemática de las papeletas, algo que también se podrá hacer en los consulados que dispongan de medios para ello.
- VOTO POR CORREO: el 16/12/2025 último día para enviar al consulado.
- VOTO EN URNA: entre el 13 y el 18/12/2025 en los consulados y centros habilitados.
LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE SE ENCUENTREN EN ESPAÑA DURANTE LA JORNADA ELECTORAL PODRÁN VOTAR POR CORREO EN ESPAÑA.
- Entre el 28/10/2025 y el 11/12/2025 deben realizar la solicitud del voto por correo.
- Entre el 1 y el 14/12/2025 se les remitirá la documentación al domicilio en España que hayan indicado en la solicitud.
- Entre el 1 y el 17/12/2025 deberán enviar el voto por correo.
El escrutinio del voto de los extremeños en el exterior tendrá lugar el día 26/12/2025 y deberá haber finalizado no más tarde del 29/12/2025.
